{"id":6103,"date":"2013-06-09T09:54:35","date_gmt":"2013-06-09T08:54:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/?p=6103"},"modified":"2013-06-09T09:54:35","modified_gmt":"2013-06-09T08:54:35","slug":"cgt-ante-el-acuerdo-sobre-ultraactividad-de-los-convenios-colectivos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/archivos\/6103","title":{"rendered":"CGT ante el acuerdo sobre ultraactividad de los convenios colectivos"},"content":{"rendered":"<p>La ley 3\/2012 de Reforma Laboral aprobada por el gobierno, en lo relativo a la Negociaci\u00f3n Colectiva est\u00e1 afectando a tres \u00e1mbitos fundamentales.<\/p>\n<p>Primero, destruye la capacidad normativa de los convenios, pues las condiciones colectivas pactadas, pueden ser eliminadas (descuelgue) y\/o modificadas unilateralmente por el empresario, en base a la \u201cdescausalizaci\u00f3n\u201d que contempla esta reforma laboral.<\/p>\n<p>Dos, desnaturaliza la eficacia general del convenio, pues abre la v\u00eda para la individualizaci\u00f3n de las condiciones del contrato.<\/p>\n<p>Tres, \u201cfulmina\u201d la ultraactividad de los convenios, los cuales tendr\u00e1n una eficacia m\u00e1xima de un a\u00f1o, salvo pacto en contra. El presente <strong>Pacto no cierra el problema<\/strong>, pues al ser un Acuerdo de Partes y carecer de fuerza vinculante para las Comisiones Negociadoras de los Convenios Colectivos, nos encontramos en <strong>el mundo de las recomendaciones,<\/strong> las cuales tendr\u00e1n m\u00e1s o menos grados de aceptaci\u00f3n en la medida que convenga a las partes.<\/p>\n<p><strong>El Acuerdo es una mera declaraci\u00f3n de intenciones, donde se insta a las \u2026\u201dunidades de negociaci\u00f3n\u201d\u2026 a tener voluntad de continuidad y a que primen la \u2026\u201dbuena fe negocial\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Pacto aborda la necesidad de continuar con la regulaci\u00f3n contractual (m\u00e1s all\u00e1 del 8 de julio 2013), siempre y cuando las partes negociadoras se comprometan a continuar negociando, a la vez que cualquiera de las partes\u2026\u201dpodr\u00e1 decidir que la negociaci\u00f3n est\u00e1 agotada y, por tanto, instar la mediaci\u00f3n obligatoria o el arbitraje voluntario\u2026\u201d, por lo tanto, nada nuevo que no recoja la Reforma Laboral 3\/2012, que ya establec\u00eda esa posibilidad de que una de las partes entendiendo que no se est\u00e1 negociando de buena fe por la otra, puede instar procedimientos de mediaci\u00f3n e inclusive arbitraje.<\/p>\n<p>Igualmente, el Pacto resuelve las situaciones de bloqueo en la negociaci\u00f3n colectiva, con un\u2026\u201ddeber\u00e1n acudir a los sistemas de soluci\u00f3n extrajudicial de conflictos&#8230;\u201d<\/p>\n<p><strong> Desde la CGT, entendemos que es un viaje a ninguna parte, <\/strong>que<strong> <\/strong>precisamente esto es lo que se pretende (consensos), desactivar el conflicto social y, as\u00ed se expresa textualmente en la exposici\u00f3n de motivos del Acuerdo&#8230; \u201cdar certidumbre y seguridad a empresarios y trabajadores\u201d<\/p>\n<p>Desde el punto de vista jur\u00eddico, nada est\u00e1 resuelto, veremos cuando se judicialicen los primeros Convenios Colectivos que pierdan eficacia. <strong>Para la CGT, desde el punto de vista sindical,<\/strong> la voluntad de volver a lo anterior (pacto, consenso), es todo lo contrario del principio de esperanza para las clases asalariadas, pues desactiva el conflicto existente en las relaciones laborales concretas de sectores o empresas, volviendo a insistir en una cultura que <strong>imposibilita la interconexi\u00f3n y generalizaci\u00f3n del conflicto<\/strong> con un nexo ahora com\u00fan a todas las personas asalariadas.<\/p>\n<p>La p\u00e9rdida del Convenio Colectivo, a la vez que es una declaraci\u00f3n de derrota cara a los y las trabajadoras, se vende con <strong>una idea absolutamente falsa consistente en que el pacto para prorrogar los convenios, enmienda sustancialmente la reforma laboral.<\/strong><\/p>\n<p>Para la CGT, la m\u00e1s grave de esta estrategia llamada pacto social es que frena la lucha contra el desmantelamiento de los derechos laborales y sociales, y nos aleja a\u00fan m\u00e1s de la posibilidad de organizar el conflicto para cambiar e impedir el desastre laboral y social.<\/p>\n<p>Para la CGT, los convenios colectivos tienen la fuerza normativa de la legalidad y afectan a todos las y los trabajadores\/as y <strong>la vigencia de todas y cada una de las condiciones colectivas, se mantendr\u00e1 sin l\u00edmite<\/strong> hasta su sustituci\u00f3n por otro nuevo convenio.<\/p>\n<p>Esto es lo que hay que defender en las negociaciones en cualesquiera de los \u00e1mbitos en que estas se den, sectoriales o de empresas y, solo la capacidad organizada de los y las trabajadoras, es la que har\u00e1 respetar las reglas de juego que tanto han costado a la lucha sindical en este modelo de relaciones laborales.<\/p>\n<p><strong>Secretariado Permanente del comit\u00e9 Confederal de la CGT<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div>\n<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft\" title=\"\" alt=\"\" src=\"http:\/\/www.cgt.org.es\/sites\/default\/files\/imagecache\/panel-200\/Motivo%20convenio%20son%20tus%20derechos_0.jpg\" width=\"170\" height=\"175\" \/>Un brindis al sol, un viaje a ninguna parte, para desmovilizar. <\/strong>El Acuerdo sobre Ultraactividad de los Convenios Colectivos del 23 de Mayo 2013, suscrito por CEOE, CEPYME, CC.OO y UGT, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Seguimiento del II Acuerdo para el Empleo y la Negociaci\u00f3n Colectiva 2012, 2013 y 2014 (II AENC) es un viaje a ninguna parte, que s\u00f3lo pretende desmovilizar a las y los trabajadores.<strong> <\/strong><\/p>\n<p><strong>Para la CGT es falso que el acuerdo sobre ultraactividad mejore la reforma laboral<\/strong><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"author":57,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[37,46,7],"tags":[],"class_list":["post-6103","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-convenios","category-laboral","category-legislacion-laboral"],"publishpress_future_action":{"enabled":false,"date":"2026-04-29 09:06:22","action":"change-status","newStatus":"draft","terms":[],"taxonomy":"category","extraData":[]},"publishpress_future_workflow_manual_trigger":{"enabledWorkflows":[]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6103","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/users\/57"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6103"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6103\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6103"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6103"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/bizkaia\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6103"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}