{"id":5088,"date":"2025-05-30T11:04:42","date_gmt":"2025-05-30T11:04:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/?p=5088"},"modified":"2025-05-30T11:04:42","modified_gmt":"2025-05-30T11:04:42","slug":"la-cgt-impugnara-ante-el-ts-el-nuevo-rd-de-coeficientes-reductores-de-la-edad-de-jubilacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/blog\/archivos\/5088","title":{"rendered":"La CGT impugnar\u00e1 ante el TS el nuevo RD de coeficientes reductores de la edad de jubilaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<div class=\"page-content my-24 pt-10 lg:flex\">\n<div class=\"post-content lg:w-6\/12 pt-10 lg:pt-0\">\n<p>Como ya nos tem\u00edamos, el Gobierno acaba de publicar, de la mano de la patronal y CCOO y UGT, uno de los mayores retrocesos en materia sindical y de jubilaci\u00f3n de los \u00faltimos a\u00f1os con la aprobaci\u00f3n del\u00a0<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2025-10488\">Real Decreto 402\/2025.<\/a>\u00a0Este Reglamento, que regula el procedimiento general para el estudio de los \u00edndices de toxicidad, insalubridad, peligrosidad, siniestralidad y penosidad de las actividades y sectores de riesgo a los efectos de adelantar la edad de jubilaci\u00f3n sin merma econ\u00f3mica en la cuant\u00eda, empeora la anterior regulaci\u00f3n, ya de por s\u00ed muy deficiente, contenida en el<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2011-18401\">\u00a0Real Decreto 1698\/2011<\/a>. Y explicamos por qu\u00e9:<\/p>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong><u>Impone la solicitud conjunta de organizaciones empresariales y sindicales<\/u><\/strong>, haciendo depender la actividad sindical y la defensa de los derechos e intereses de la clase trabajadora a la voluntad empresarial, vulnerando el derecho fundamental de libertad sindical y contraviniendo lo resuelto por la Sentencia 1333\/2023 del Tribunal Supremo, en un recurso formulado por CGT:\u00a0<em>se desnaturaliza y se vac\u00eda de contenido la autonom\u00eda sindical al someter la acci\u00f3n sindical a la voluntad de las empresas, condicionando a ello el derecho de los sindicatos a ejercer aquellas actividades dirigidas a la defensa, protecci\u00f3n y promoci\u00f3n de los intereses de los trabajadores, afectando en este caso a un \u00e1mbito especialmente sensible como es el de la salud de los trabajadores por la realizaci\u00f3n de actividades laborales que implican el sometimiento a un excepcional \u00edndice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad.<\/em><\/li>\n<li><strong><u>Limita la solicitud y participaci\u00f3n en el procedimiento a los sindicatos m\u00e1s representativos a nivel estatal y auton\u00f3mico<\/u><\/strong>, por lo que sindicatos representativos en determinados sectores no podr\u00e1n instar ni participar en el procedimiento, vulnerando el derecho fundamental de libertad sindical y contraviniendo lo resuelto por el Tribunal Supremo en Sentencia de 22 de octubre de 2012, la cual declara la nulidad de la expresi\u00f3n \u00abm\u00e1s representativos\u00bb en la norma anterior, en tanto que, seg\u00fanel Tribunal Constitucional<em>, la promoci\u00f3n de los intereses de los trabajadores corresponde, sin distinci\u00f3n, a todos los sindicatos.<\/em><\/li>\n<li><strong><u>Exige a los solicitantes la identificaci\u00f3n fiscal\u00a0<\/u><\/strong>de las personas trabajadoras potencialmente afectadas por la actividad de riesgo bajo la amenaza de archivo del procedimiento si tal informaci\u00f3n no se aporta en 20 d\u00edas, lo que hace totalmente inviable el procedimiento.<\/li>\n<li><strong><u>Fija un plazo de 6 meses para la resoluci\u00f3n de las solicitudes<\/u><\/strong>, pero esto es enga\u00f1oso,<em>\u00a0porque al mismo tiempo s<\/em>e establece expresamente el silencio administrativo negativo: en el caso de que el Ministerio de la Seguridad Social no resuelva el procedimiento, se entiende desestimada la solicitud, por lo que se prev\u00e9n numerosos recursos frente a la m\u00e1s que probable inactividad de la Administraci\u00f3n si no cumple con sus responsabilidades en la tramitaci\u00f3n de las solicitudes en el plazo de seis meses desde el registro de las mismas.<\/li>\n<li><strong><u>Se crea una grupo de trabajo restringido<\/u><\/strong>\u00a0para el estudio de la \u00abdimensi\u00f3n de g\u00e9nero\u00bb y de los niveles de penosidad a partir de determinada edad en la asignaci\u00f3n de coeficientes reductores, que s\u00f3lo estar\u00e1 formado por UGT, CCOO, la patronal, el Ministerio de Seguridad Social y la Inspecci\u00f3n de Trabajo, limitando la participaci\u00f3n de los dem\u00e1s sindicatos representativos en un sector o a nivel auton\u00f3mico<\/li>\n<li><strong><u>Se crea una comisi\u00f3n de evaluaci\u00f3n restringida<\/u><\/strong>, s\u00f3lamente integrada por el Ministerio de la Seguridad Social, la patronal y CCOO y UGT, que ser\u00e1 la encargada de emitir informe sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicaci\u00f3n de coeficientes reductores, orillando a los sindicatos representativos en un sector o a nivel auton\u00f3mico.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Hay que a\u00f1adir, que todos estos impedimentos vienen a deteriorar todav\u00eda m\u00e1s el procedimiento anterior, puesto que la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo estaban paralizando los expedientes en sectores tan peligrosos como el amianto, hasta el punto de que CGT ha tenido que interponer cinco recursos contenciosos administrativos por inactividad de la Administraci\u00f3n y un recurso contencioso Administrativo en el expediente de la Petroqu\u00edmica para tumbar el criterio antisindical que impon\u00eda la solicitud conjunta entre patronal y sindicatos. De esta forma, el nuevo Real Decreto no viene sino a revertir, a golpe de Decreto, los derechos que CGT ha conseguido defender en los Tribunales durante los \u00faltimos a\u00f1os, y viene a legalizar las trabas y la dejaci\u00f3n previas de la Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo.<\/p>\n<p>Pero desde CGT llevamos m\u00e1s de una d\u00e9cada luchando por los coeficientes reductores de la edad de jubilaci\u00f3n en sectores y actividades de riesgo, tanto dentro como fuera de los Tribunales, y no vamos a dejar de hacerlo: ya estamos preparando la impugnaci\u00f3n directa del Real Decreto 402\/2025 frente al Tribunal Supremo. Porque tenemos el deber de conquistar el derecho a que la clase trabajadora pueda jubilarse sin morir, sin enfermar, en condiciones dignas, el derecho a que deje de sufrir la explotaci\u00f3n asalariada en las peores condiciones, en los peores a\u00f1os, para engrosar las ganancias de la clase capitalista.<\/p>\n<p>Gabinete Jur\u00eddico Confederal<\/p>\n<p>Secretariado Permanente del Comit\u00e9 Confederal de CGT<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como ya nos tem\u00edamos, el Gobierno acaba de publicar, de la mano de la patronal y CCOO y UGT, uno<\/p>\n","protected":false},"author":28,"featured_media":5089,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[16,2,24],"tags":[],"class_list":["post-5088","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicados","category-derechos-laborales","category-notas-de-prensa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5088","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/users\/28"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5088"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5088\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5090,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5088\/revisions\/5090"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5089"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5088"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5088"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5088"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}