Previo aviso y justificación:
3 días laborables en caso de cónyuge e hijos, o padres del trabajador o trabajadora.
2 días laborables en caso de familiares hasta segundo grado de consanguinidad.
3 días laborables, pasados treinta días, si la enfermedad grave u hospitalización del conyuge e hijos persistiera.
2 días laborables, pasados treinta días, si la enfermedad grave u hospitalización de los padres del trabajdaor o trabajadora persistiera.
Durante el periodo que dure la enfermedad grave u hospitalización.