{"id":10,"date":"2012-04-16T16:06:59","date_gmt":"2012-04-16T16:06:59","guid":{"rendered":"http:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba\/michelin\/?p=10"},"modified":"2017-04-02T08:17:18","modified_gmt":"2017-04-02T08:17:18","slug":"nos-interesa-a-tods","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/archivos\/10","title":{"rendered":"NOS INTERESA A TOD@S"},"content":{"rendered":"<p>El d\u00eda 20 de marzo tuvo lugar en el juzgado de lo social n\u00ba 2 de Valladolid el juicio contra Michelin sobre el calendario del taller NF sala de m\u00e1quinas.<br \/> La empresa lleva imponiendo estos dos \u00faltimos a\u00f1os (2011\/2012) un calendario de 359,67 d\u00edas de apertura de instalaciones, cuando el art. 21 del convenio colectivo recoge una apertura m\u00e1xima de 351 d\u00edas.<br \/> En el a\u00f1o 2011 CGT denunci\u00f3 ante la inspecci\u00f3n de trabajo esta situaci\u00f3n y la empresa no se dio por aludida, imponiendo el mismo calendario para el 2012.<br \/> Ante esto, la secci\u00f3n sindical de CGT promueve un conflicto colectivo al que se suma el pleno del Comit\u00e9 de Empresa. El d\u00eda 29 de marzo recibimos la sentencia donde se condena a Michelin a restablecer un calendario para los trabajadores del taller de Sala de M\u00e1quinas con una apertura m\u00e1xima de 351 d\u00edas como recoge el convenio colectivo.<br \/> La empresa debe acatar la sentencia de inmediato y establecer para los trabajadores afectados un calendario regulado en convenio.<\/p>\n<p>En otro orden de cosas, la actuaci\u00f3n de la empresa en lo referido a la gesti\u00f3n de los accidentes laborales y las limitaciones de car\u00e1cter transitorio (LCT\u00b4s) han sido reconocidas como infracciones graves por la inspecci\u00f3n de trabajo en Vitoria, gracias a las numerosas denuncias, cambios de contingencias e insistencia y trabajo en general realizado por CGT.<\/p>\n<p>LO RECOGIDO A CONTINUACI\u00d3N ES COPIA LITERAL DE LA RESOLUCI\u00d3N DE LA INSPECCI\u00d3N DE TRABAJO<\/p>\n<p>La inspecci\u00f3n reconoce que el manejo de las altas y bajas m\u00e9dicas, por parte de una Entidad Colaboradora o por parte del servicio p\u00fablico de salud correspondiente, debe perseguir como fin exclusivo la restituci\u00f3n sanitaria del trabajador, su completo restablecimiento, sin entrar a considerar los aprovechamientos residuales que podr\u00eda recibir la empresa de su fuerza de trabajo. Por lo tanto, el Autoseguro no puede orientar, ni condicionar, ni mediatizar, ni vincular sus decisiones m\u00e9dicas a la organizaci\u00f3n de la empresa ni a las posibilidades concretas de ocupabilidad que la Compa\u00f1\u00eda pueda ofrecer en un momento determinado.<br \/> Tambi\u00e9n reconoce que la falta de ocupaci\u00f3n efectiva a la que es sometido un trabajador accidentado, mediante la permanencia en su domicilio (reposo retribuido) ataca directamente a la dignidad profesional del trabajador..<br \/> En cuanto al sistema de LCT\u00b4S utilizado por Michelin, supone una pr\u00e1ctica contraria a la intimidad y a la consideraci\u00f3n debida a la dignidad de los trabajadores.<br \/> En numerosas ocasiones se asigna a los accidentados tareas sin apenas contenido, incluso se les incorpora a improvisadas acciones formativas, y todo ello para evitar a toda costa las bajas m\u00e9dicas y generar la apariencia de que los operarios se encuentran ocupados.<\/p>\n<p>Este es un breve extracto de la resoluci\u00f3n inspectora, ya que toda ella consta de 86 p\u00e1ginas lo que supone un estudio en profundidad de la actuaci\u00f3n infractora de la empresa frente a sus trabajadores en los accidentes laborales.<br \/> Por todo ello, si sufres un accidente laboral y el servicio m\u00e9dico no act\u00faa como es su deber y te manda unos d\u00edas para casa trat\u00e1ndolo como reposo retribuido no reconociendo tu baja laboral o te imponen una LCT, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegado de CGT, que actuaremos en consecuencia, porque no olvides que \u00a1tu salud es lo primero!. Valladolid a 17 de abril de 2012.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El d\u00eda 20 de marzo tuvo lugar en el juzgado de lo social n\u00ba 2 de Valladolid el juicio contra<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-10","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":57,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10\/revisions\/57"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.cgt-lkn.org\/araba-michelin\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}